21Ene
2022
2022
TU VIVIENDA, LOCAL O TERRENO RÚSTICO NO ESTÁ INSCRITO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
Sainz de Rozas Abogados / 0 Comments /A lo largo de nuestra trayectoria profesional de más de 30 años, nos hemos encontrado con numerable casuística de inmuebles no inscritos en el Registro de la Propiedad. Como bien sabéis, la inscripción en el Registro de la Propiedad no es obligatoria, sino voluntaria, sin embargo, es aconsejable porque da seguridad jurídica al propietario inscrito frente a terceros.
Los motivos por los que no se accede al Registro de la Propiedad son múltiples: no eres dueño del suelo sino del vuelo (bien inmueble), no dispones del contrato de escritura pública de compraventa solamente de contrato privado, eres poseedor por mas de 20 o 30 años con título o sin título, eres poseedor cuyo título consta a nombre de un tercero y no has reanudado el tracto sucesivo, eres propietario pero el bien inmueble se encuentra sin inmatricular…
¿Y qué beneficios te proporciona la inscripción en el Registro de la Propiedad? Obtener financiación bancaria mediante hipoteca, venta y trasmisiones a terceros, seguridad hereditaria…
La casuística es abundante y apasionante y a modo divulgativo en las próximas semanas intentaremos exponeros los diferentes supuestos con los que hemos trabajado.
MONTADO Y EDITADO POR IKER ASPIAZU
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